El Decreto ya fue publicado en el Boletín Oficial.
El Poder Ejecutivo estableció que los feriados nacionales que coincidan con sábado o domingo podrán moverse al viernes anterior o al lunes siguiente, según lo disponga la autoridad competente.
La medida
El Decreto 614/2025 fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial. Con ello, se busca garantizar el descanso en los días no laborables.
La norma no modifica el régimen de los feriados inamovibles, que continuarán celebrándose en su fecha original sin posibilidad de traslado.
De ese modo, se apunta a completar un vacío legal en la Ley 27.399. Esta determinaba que los feriados que caen martes o miércoles se trasladan al lunes anterior, y los que coinciden con jueves o viernes se pasan al lunes siguiente. Sin embargo, no contemplaba aquellos que caían en sábado o domingo.
A partir de la nueva disposición, la decisión final quedará en manos de la Autoridad de Aplicación, la Jefatura de Gabinete de Ministros, que también podrá dictar normas complementarias para implementar la medida.