La resolución fue publicada en el Boletín Oficial.
El gobierno habilitó la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos de uso civil condicional. La medida ya entró en vigencia e implica un cambio en el régimen de autorización y control, bajo la órbita del Registro Nacional de Armas (RENAR).
Nueva medida
A partir de esta reforma, los usuarios y las entidades de tiro podrán adquirir y poseer armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon, como fusiles o subametralladoras de asalto derivadas de modelos militares y de calibre superior al .22 LR.
Para acceder a este permiso, se exige el cumplimiento de requisitos estrictos. Entre los puntos claves, el RENAR asume la fiscalización y aplicación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429. La nueva estructura además requiere identificaciones precisas del material, declaraciones juradas y documentación probatoria.
Requisitos para tener y adquirir fusiles semiautomáticos
- Acreditar la identificación precisa del arma
- Contar con un Sector de Guarda registrado tipo G2, como sistema de almacenamiento seguro aprobado.
- Presentar una declaración jurada que justifique la solicitud, acompañada de documentación probatoria y fotografías del arma.
- Abonar la tasa correspondiente al trámite
- No poseer antecedentes sancionatorios ni trámites administrativos pendientes ante el RENAR.
- Contar con una antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario de armas de uso civil condicional.
- Demostrar usos deportivos probados, mediante al menos una de las siguientes alternativas: certificación de entidad de tiro con instalaciones propias, avalando la condición de tirador asiduo; representación en certámenes nacionales o internacionales de tiro deportivo con ese material o solicitud de una entidad de tiro habilitada que permita el uso por parte de sus socios en disciplinas deportivas o con fines didácticos certificados.